Por Janira Gómez y David Muñoz
Hay alrededor de 3 millones de tesoros hundidos a lo largo y ancho del mar. Algunos son el resultado de miles y miles de batallas que se llevaron a cabo en siglos pasados. Son historia pura. La mayoría de ellos no se tocan porque la Convención de la Unesco sobre la Protección del Patrimonio Subacuático (2001) dice que la mejor manera de conservar esos tesoros es dejándolos bajo el mar. Sin embargo, de vez en cuando, empresas cazatesoros como Odyssey Marine Exploration se embarcan en operaciones de extracción de estos pecios en busca de grandes beneficios. El gran inconveniente es que para llevar a cabo la operación se requiere el permiso de los Estados con jurisdicción en la zona marítima concreta, y eso suele acarrear conflictos porque priman intereses. Esta es la compleja historia del ‘caso Odyssey’ y el cruce de intereses que, sin duda, habrá dado muchas lecciones.
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En 1804 una nave española llamada ‘Nuestra Señora de Las Mercedes salió del Puerto del Callao (Lima) en dirección a Cádiz. Según los documentos de la época, “llevaba una carga de aproximadamente 800.000 monedas, de oro y plata, además de monedas de otras localidades y variados productos como cascarilla (quinina), lana de vicuña, lingotes de estaño y cobre, y cañones de bronce”, asegura Joseph Dager, Doctor en Historia y profesor en las Universidades Antonio Ruíz de Montoya y Pontificia Universidad Católica del Perú. Nunca llegó a puerto. El mismo historiador peruano cuenta porqué: “El buque español fue interceptado por la flota inglesa [debido a la rivalidad entre Francia e Inglaterra], y, aproximadamente a la media de iniciado el ataque, uno de los cañonazos golpeó el centro de ‘La Mercedes’, donde guardaba la pólvora, y «el buque saltó por los aires, según lo refirió el mayor Diego de Alvear y Ponce de León». La fragata se hundió con más de 250 tripulantes, entre ellos la esposa y los siete hijos menores de 17 años del mayor De Alvear”. Fue el 5 de octubre de 1804 cerca de las costas del Algarve portugués.


El litigio entre Odyssey y España por el tesoro de ‘Las Mercedes’

En mayo de 2007, la empresa norteamericana de cazatesoros Odyssey Marine Exploration descubrió el enorme pecio, valorado en 500 millones de dólares. Desde un primer momento quiso esconder la naturaleza del mismo poniéndole de nombre ‘Black Swan’ (Cisne Negro), para así quedarse con él. El Gobierno español se dio cuenta de que lo que realmente habían descubierto eran los restos de ‘Las Mercedes’, y que por tratarse de una nave española de guerra (así lo confirmaban los documentos históricos), pertenecía al Estado. Empezaba un largo litigio entre ambos, que duraría cinco años, para hacerse con ese botín.
Sin embargo, la complicada relación entre España y Odyssey ya había empezado diez años atrás, cuando la empresa recibió el permiso del Estado para iniciar la recuperación del ‘Sussex’, una nave inglesa hundida en el Mar del Alborán andaluz. Desde 1999, Odyssey tuvo autorización del Gobierno español para llevar a cabo la operación del ‘Sussex’ pero la Junta de Andalucía, con jurisdicción en esas aguas, se opuso. El rifirrafe por las negociaciones se alargó hasta 2005 y cuando parecía que iban a tener permiso para extraer ese tesoro, descubrieron otro 100 millas al oeste de Gibraltar: era ‘Nuestra Señora de Las Mercedes’. “Tenían una autorización para buscar pero no dijeron qué estaban buscando y lo sacaron de forma irregular”, afirma el jurista y director de Náutica Legal Yamandú Rodríguez. “En realidad [Odyssey] actuó prácticamente a sus anchas”, añade Miguel García Revillo, profesor de Derecho Internacional en la UCO.
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La extracción de las monedas se hizo prácticamente de incógnita y éstas volaron de inmediato de Gibraltar hacia Florida (Estados Unidos), dónde está domiciliada la empresa desde 1994. Odyssey jugó sucio y recibió una severa lección. El 31 de enero de 2012, el Tribunal de Tampa (Florida) dio definitivamente la razón a España, desestimando el recurso presentado por Odyssey por el que la empresa pedía quedarse con las monedas porque, según ellos, ‘Las Mercedes’ no era una nave de guerra, y sentenciando que el tesoro debía viajar hacia España. La nula transparencia de la empresa norteamericana de cazatesoros fue su mayor error. La avaricia rompe el saco y Odyssey pecó de avaro. “Podría haber pactado un reparto del tesoro con España y quizás así vería cubierta su inversión inicial”, vaticina Yamandú. Pero hay quién dice que aún perdiendo el juicio, Odyssey Marine Exploration ha salido ganando puesto que ha devuelto 595.000 monedas, 17 toneladas, pero los documentos de la época señalan que el barco transportaba unas 800.000 piezas. Aún llegado el desenlace del litigio, Odyssey se niega a bajar del barco de sus argumentos y ha expresado que este caso no es un buen precedente para España, ya que ahora aquellos que encuentren sus pecios en lugar de advertir a las autoridades, comerciarán con esos tesoros en el mercado negro.
¿Por qué “ganó” España?

El barco era una nave de guerra que pertenecía a la Corona Española y transportaba a militares españoles. Entre los documentos históricos más importantes que la Defensa de España, encabezada por el abogado James Goold, presentó fue “la orden de Manuel Godoy al ministro de marina para que formara una escuadra con el objetivo de recoger caudales en Callao (Perú), y la orden de operaciones que, a su vez, dio este ministerio a las fragatas para que salieran desde Ferrol a cumplir la misión”, asegura el director del Museo Naval, Gonzalo Rodríguez González-Aller, en una entrevista a El Librepensador. Según Miguel García, Doctor y profesor de Derecho Internacional de la UCO otros dos factores fueron de vital importancia: “Por un lado está el factor humano, puesto que se convirtió en la tumba de 249 personas. Y por otro el factor histórico, porque al tratarse de un objeto histórico está protegido por la legislación sobre patrimonio subacuático y patrimonio en general”. Por si fuera poco, existe otro principio entre estados que también es decisivo: “Normalmente los estados protegen sus barcos de guerra y los de los demás con el principio de inmunidad soberana”, sentencia el Doctor en Derecho Internacional.
¿Misión cumplida?

Tras la batalla legal con la empresa estadounidense Odyssey, esta historia de piratas termina con la sentencia del Tribunal de Tampa y el traslado del tesoro de ‘Nuestra Señora de Las Mercedes’ a tierras españolas. Culminó así, simbólicamente, el viaje de la fragata después de 207 años, 4 meses y 18 días. ”Oro para España“, afirmó El País; “Caso Odyssey: misión cumplida“, presentó La Razón. La mayoría de medios de comunicación prepararon sus páginas de diarios, sus cámaras de televisión y columnas digitales para no perderse ese momento tan esperado. Desde la base militar de MacDill, en Florida, el cargamento partió en dos Hércules del Ejército del Aire español para tomar tierra el 26 de febrero en la base aérea de Torrejón de Ardoz en Madrid, dónde la expectación por ver los arcones llenos de plata y oro fue sobresaliente. “El tesoro ha llegado a su destinatario final, Cultura, así que damos el caso por cerrado”, declaró el ministro español de Educación y Cultura, José Ignacio Wert, en una rueda de prensa posterior al acto.
Actualmente, el tesoro reposa en una cámara blindada de la Secretaría de Estado de Cultura, sin corsarios ingleses a la vista ni los diez cañones por banda tan famosos de Espronceda. La mayoría de medios anuncian que se trata de una “victoria española” que cambia la arqueología submarina y el patrimonio español. Para Miguel García, profesor de Derecho Internacional de la UCO, es “una gran victoria judicial porque no es fácil someterse a los tribunales de otro país teniendo tanto en juego” y una victoria humana “puesto que el barco finalmente ha llegado a puerto, aunque más mal que bien”. Efectivamente, la llegada del tesoro de ‘Las Mercedes’ refuerza el patrimonio cultural de España y supone un homenaje a un trágico acontecimiento histórico pero, ¿se trata realmente de una victoria definitiva? ¿Por qué nadie ha ido más allá del origen de las monedas?
Por la red, algunos como Manuel de Castro, escritor en Crónicas de la emigración, señalan este camino afirmando que hay un consenso general para definir a Odyssey como expoliadora del tesoro pero “tanto expolia el cazatesoros como el Estado español”, según Castro. Aunque jurídicamente no es ningún argumento sólido, esta opinión apunta una dirección que no se ha explorado o no se ha querido mostrar aún.

Los hechos más relevantes de esta compleja historia (Elaboración: El Ideario)
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La reclamación peruana

“Como en toda interpretación de un hecho histórico, y como en todo proceso judicial, los actores, o las partes, exponen argumentos que son sostenibles y otros que no. Creo que es perfectamente posible que España reclame la pertenencia del barco y del tesoro; también es razonable que lo haga el Perú; hay argumentos para cada postura. Incluso podría hacerlo otro país hispanoamericano, especialmente Bolivia, toda vez que lo más probable es que la plata haya sido extraída de la mina de Potosí (hoy Bolivia); más allá de donde se haya luego acuñado”, manifiesta el historiador peruano Joseph Dager.
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Detrás del litigio entre Odyssey y España, Perú ha estado luchando para salir a flote y tener también voz en la reclamación del hallazgo. Incluso un día antes de que el tesoro partiera hacia España, presentó un recurso a la Corte Suprema norteamericana con la intención de atrasar ese viaje, pero una vez más fue rechazada cualquier pretensión de Perú sobre el tesoro. Ya en 2009, reclamó sus derechos como dueño legítimo ante la Corte de Tampa; sin embargo, el juez estimó que España era el verdadero dueño del pecio sin considerar el origen de las monedas.
Según Dager, en 2008, Perú realizó un informe sobre las monedas en el cual se concluía que “más del 80% del volumen total recuperado fueron acuñadas en la ceca de Lima” y que el resto fueron grabadas en Potosí (Bolivia), Popayán (Colombia) y Santiago (Chile). Por ello, el argumento principal del país andino se basa en que si la mayoría de monedas fueron acuñadas en Lima con metales algunos extraídos de minas ubicadas en territorio peruano, entonces tiene derecho prevalente sobre la carga, aún tratándose de un buque español. “Estas monedas fueron sacadas de aquí, fueron el fruto del trabajo de varios peruanos. Lo que hemos pedido al juez es definir la titularidad de la carga, no estamos hablando del buque, sino de la carga, que constituye parte del patrimonio cultural peruano”, afirmó para el diario El Comercio la embajadora Liliana Cino, subsecretaria de política cultural del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
La Convención de los Derechos del Mar estipula que los tesoros recuperados pertenecen al país de origen. A pesar de ello, Perú no puede utilizar este argumento, como manifiesta el arqueólogo peruano y especialista en tráfico ilícito Javier Vásquez Llanos, porque no está suscrito a dicho convenio. Pero no sólo eso obstaculiza su demanda. Para muchos, Perú no puede reclamar el tesoro porque en aquel momento era un “mero” virreinato español, una colonia española, y que, por tanto, “no existía ni las personas de aquellos territorios formaban ninguna nación cuando se produjo el naufragio”, según Gonzalo Rodríguez González, director del Museo Naval . No obstante, “pese a la explotación a los naturales e indígenas, que resultaría histórico e imposible tratar de negar – expresa el historiador peruano Joseph Dager- el tratamiento que tuvo España hacia los virreinatos nunca fue el que se le da a una simple colonia”. Además, prosigue, que “aún así fuese, la Convención de Viena estipula el Principio de Sucesión de Estados que privilegia el derecho del Estado sucesor (Perú) sobre el derecho del Estado predecesor (España). Esta Convención, de 1969, ha sido ratificada por el Perú el 14 de octubre del año 2000″.
Efectivamente, el virreinato fue una fuente de riqueza muy importante para el imperio español y una forma de explotación para los indígenas. Si tenemos en cuenta este argumento patrimonial, el tesoro pertenecería al Estado vigente y no al anterior, y esto supondría poder seguir defiendo el tesoro. Sin embargo, Miguel García Revillo, profesor de Derecho Internacional en la UCO, sostiene que se trata de otro argumento complicado porque “obligaría a una revisión histórica de todos los acontecimientos que han ocurrido a lo largo de la historia”. “Los habitantes del Perú descendientes de españoles tendrían que indemnizar a los indígenas, que a su vez serán descendientes de muchas culturas diferentes y de otras nacionalidades que se conquistaron entre sí, y a los que se debería indemnizar”.
Tanto el principio de preferencia del Estado consagrado en la Convención de Viena, como el hecho de que la mayoría de monedas fueran de Lima, le dan a Perú razones para seguir navegando en la reclamación. Para Joseph Dager, “lo que está en discusión no es la propiedad del barco, sino de su contenido. Si a ello agregamos la perspectiva del legado cultural, es decir, si se considera ese cargamento como patrimonio cultural, se refuerza la postura peruana, pues fue producido en actual territorio peruano. Si hubieran sido keros incaicos, o mantos paracas o cerámica mochica nadie dudaría de que los bienes le corresponden al Perú, aunque no hubiese existido como Estado”.
El principal argumento de España se basaba en que ‘Las Mercedes’ era un buque de guerra español que estaba bajo soberanía española. El Tribunal de Tampa lo aceptó porque la fragata estaba autorizada por el Estado para transportar unas riquezas y porque fue el mismo Estado español el que protegía la carga. “Lo que está dentro del barco no es que sea del Estado, pero tiene la protección de ir en un barco del Estado”, asegura el jurista Yamandú Rodríguez.
Sin embargo, como explica Joseph Dager, la misión que desempeñaba al ser hundido era comercial, algo usual, a pesar de ir escoltados por buques de guerra, “por tratarse de tiempos en los que las potencias europeas estaban constantemente enfrentadas y los otros estados eran aliados de uno u otro en conflicto. Francia estaba enfrentada con la Corona Británica y España era aliada francesa”.
De ser así, “a la Corona española de 1804 le hubiera correspondido legítimamente alrededor del 25% del cargamento, pero no más; la gran mayoría era oro, plata, dinero privado”. Según el historiador peruano, la carga que llevaba ‘La Mercedes’ correspondía a “comerciantes criollos radicados en Lima, un sector que, a finales del XVIII e inicios del XIX, había logrado convertirse en el que más se había consolidado económicamente, superando con éxito las reformas borbónicas que pretendieron atacar la supremacía del puerto del Callao”.“Números más, números menos, el 75% del cargamento era propiedad de privados; y el 25% era propiedad de la Corona española, mucho por concepto de impuestos fiscales”, asegura Dager.
¿Entonces por qué España se ha quedado con todo el tesoro si una parte muy importante pertenecía a privados? A pesar de ser una prueba compleja de establecer, siguiendo esta línea, el problema ya no sería entre Estados sino entre privados, es decir, los descendientes de dicho tesoro tendrían algo que decir al respecto, sin necesidad de crear litigios entre Estados. De hecho, establece Joseph Dager, “hay unas 17 familias (4 colombianas, 10 peruanas y tres españolas) muy interesadas en el proceso, que son parte con un abogado que las representa, que se dicen descendientes de aquellos comerciantes, que fueron los dueños mayoritarios del cargamento”.
Se trata de argumentos jurídicos que albergan esperanzas y mostrarían una solución más justa para el país andino, responsable de la existencia del tesoro, creado a partir de sus recursos. Sin embargo, la mayoría ve difícil la recuperación total del mismo ya no sólo para Perú si no para otros países latinoamericanos. Para el profesor Miguel García “Perú tiene el derecho a defender sus pretensiones y para eso puede solicitar a España que ambos países entablen una negociación sobre una controversia. Pero creo que es difícil que pueda prosperar”. Además, el arqueólogo Javier Vásquez Llanos asegura que el Ministerio de Cultura peruano no ha podido defender dichos argumentos debido a que se ha tratado desde la vía de reclamaciones exteriores. Quizás, si no hubiera sido así, las circunstancias hubieran navegado por rutas diferentes, la lección jurídica a aprender no hubiera sido tan amarga.
Una legislación poco clara

“Todo lo que sucede en el Derecho Marítimo [entre privados] es muy complejo y ambiguo, porque los barcos se muevennormalmente en aguas internacionales y la legislación a aplicar depende de las circunstancias del caso”, asegura Yamandú Rodríguez, Licenciado en Derecho y Marina Civil, y director de Náutica Legal. En Derecho del Mar (Derecho internacional que regula las relaciones jurídicas entre Estados) ocurre lo mismo. En casos como el de Las Mercedes entran en juego varios aspectos legales que deben tenerse en cuenta. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Mar (1982) establece una importante regulación entorno a las zonas marítimas y las competencias del Estado ribereño en cada una de estas. Así hay el Mar Territorial (hasta 12 millas), la Zona Contigua (hasta 24 millas), la Zona Económica Exclusiva (hasta 200 millas) y la Plataforma Continental (hasta 200 millas) [imagen]. Teniendo en cuenta que la extracción del tesoro de ‘Las Mercedes’ se hizo 100 millas al oeste de Gibraltar, delante de las costas portuguesas del Algarve, “estaría por delimitarse la exactitud de la jurisdicción entre Portugal, España y Marruecos”, afirma Miguel García.
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Otra Convención, la de la Unesco sobre la protección del Patrimonio Subacuático (2001), de la que España forma parte, dicta cómo deben llevarse a cabo las exploraciones y extracciones de tesoros. Pero otro tema es la propiedad del pecio o del barco hundido. En ese sentido no hay una ley escrita clara, “pero si suele ser tajante que cuando se trata de buques al servicio del Estado, la competencia siempre es de ese Estado”, añade el Doctor en Derecho Internacional de la UCO. Es más importante ese dato que el origen de la propia carga, que en el caso de ‘Las Mercedes’ provenía del Perú, o de la zona dónde se haya hundido el barco. Yamandú Rodríguez nos cuenta los dos precedentes que refuerzan este hecho: “La Galga (1750) y el Juno (1802), dos barcos propiedad del Estado español, se hundieron en aguas jurisdiccionales de Estados Unidos, un país no firmante de ninguna de las dos Convenciones. Sea Hunt fue la compañía que se encargó de extraer el pecio del fondo marino y el Gobierno español reclamó su propiedad. La consideración judicial fue a favor de España porque cuando es algo que pertenece a un Estado es inalienable. Si se hubiera tratado de un galeón mercante o privado, seguramente los antiguos propietarios hubieran perdido la propiedad a favor de Estados Unidos”.
Como vemos, la ambigüedad es una característica clara, valga la contradicción, del estado actual del Derecho del Mar y el Derecho Marítimo. Se necesita poder para salir ganando en asuntos como el caso Odyssey. España tenía la ayuda incondicional del Gobierno de Estados Unidos –“Se ha volcado con nosotros”, afirma el director del Museo Naval, Gonzalo Rodríguez–, y eso, inevitablemente ha influido. Una ayuda que en ningún momento tuvo Perú, quién reclama sin éxito, que le devuelvan parte del tesoro puesto que más del 80% de las monedas fueron acuñadas en Lima. Es una constatación evidente de las desigualdades entre países.
Obligación moral

Si a babor del barco de las reclamaciones se encontraba Perú, a estribor, Bolivia y Ecuador, entre otros, defienden el patrimonio cultural latinoamericano. Estos países tampoco se van a quedar de brazos cruzados. La llegada del tesoro a España ha servido como ejemplo de unión entre gobiernos y ministerios, según el contraalmirante de la Armada Gonzalo Rodríguez González , para resolver un caso que sirve “para aumentar la conciencia marítima de los españoles y despertar su interés por nuestra historia” en un contexto de crisis económica y moral. Además, le ha servido para mejorar su protección patrimonial subacuático a nivel internacional y evitar que estos pecios caigan en manos que no palpan siquiera un valor arqueológico.
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Aún se desconoce en qué museos, entidades jurídicas o instituciones españolas se depositará el tesoro. Por el momento, son 30 entidades las solicitantes. Según el ministro de Educación y Cultura, José Ignacio Wert, no renuncian a ninguna posibilidad, pero no parece que las monedas, valoradas en 380 millones de euros, vayan a moverse de España. Para el profesor en Derecho Internacional Miguel García, en su opinión, una parte del tesoro debería estar en Montilla “porque era su destino original y porque hay una parte personal ubicada especialmente en Montilla, y eso cuenta mucho cuando se trata de patrimonio subacuático. Los jueces americanos pusieron mucho el acento en el caso de Alvear y Ponce de León [imagen], porque implica que se va más allá de un propósito exclusivamente económico. Además Montilla puede venir bien para mostrar una buena imagen de España, que no busca sólo hacerse con un montón de kilos de plata y de oro sino la esencia de su patrimonio y su historia. Yo creo que la causa es muy justa y que le vendrá muy bien a las dos partes: al estado español y a Montilla”.
No obstante, no todos están de acuerdo con estos argumentos. Yamandú Rodríguez, jurista de Náutica Legal, sostiene que hay que considerar algo muy importante y es que “sobre la protección que hay de patrimonio subacuático se habla de patrimonio arqueológico. ¿Una moneda tiene valor arqueológico? Una sí, ¿pero 600.000? Con una gran cantidad de monedas iguales el conflicto puede transformarse en algo económico”.
Así pues, a pesar de gozar de total dominio sobre el tesoro y frente a estas reclamaciones, tal vez España debería valorar todas las posibilidades. Tal y como afirma Javier Vásquez Llanos, especialista en tráfico ilícito peruano, de ser así no sería la primera vez puesto que “España siempre ha sido un aliado para recuperar patrimonio cultural peruano, un ejemplo de ello fue el caso Patterson“ en el que devolvieron muchos objetos prehispánicos a Perú y otros países latinoamericanos. ¿Por qué ahora no? Como cuenta Vásquez, aunque el reclamo peruano es muy complejo, España tendría una obligación moral tanto con Perú como con otros países.
Pero lo más valioso de esta historia, como propone el arqueólogo peruano, es que si esta petición se materializase serviría como antecedente perfecto para muchos países con menos recursos, los cuales podrían acceder a tener parte de su patrimonio histórico expoliado en épocas coloniales. Pero toda moneda tiende dos caras. “Esta situación no es conveniente para aquellos países que poseen hoy en día ese patrimonio, como es obvio”. Al menos, sería lo más justo que parte de esos bienes regresaran a su legítimo hogar, sería la gran lección moral de España. El profesor Miguel García concluye que “al Ministerio de Cultura le toca ahora una decisión no difícil sino precisa para destinar las monedas a quien más lo merezca”. Esperemos que sea la opción más justa para todos, también para los países andinos.


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