Según la web de Fomento en España
Títulos de Recreo de la Marina Mercante
Titulaciones de Recreo existentes:
Capitán de Yate
Patrón de Yate
Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)
Patrón de Navegación Básica (PNB)
Patrón de Moto Náutica «A»
Patrón de Moto Náutica «B»
Patrón de Moto Náutica «C»*
Licencia Federativa*
Los títulos de recreo o deportivos no tienen carácter profesional y habilitan exclusivamente para el gobierno de este tipo de embarcaciones, no pudiendo realizar actividades de transporte de carga o de pasajeros que sean de pago, ni pesca no deportiva.
Los titulados profesionales podrán desempeñar en las embarcaciones de recreo las atribuciones que su título profesional les confiere.
Los programas de exámenes teóricos, exámenes prácticos y el contenido de las prácticas básicas de seguridad y navegación están determinados en el Anexo de la Orden de 17.06.97 (BOE de 03.07.97) por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.
Superados los exámenes y condiciones de obtención de cada título, se solicitará del órgano en el que haya superado el último examen teórico (Dirección General de la Marina Mercante o Comunidad Autónoma) una tarjeta acreditativa de la posesión del título.
Los títulos tienen un período de validez de 10 años, transcurrido el cual podrán renovarse con la aportación de un nuevo certificado médico. No obstante lo anterior, las personas mayores de 70 años de edad deberán renovar el título cada 2 años.
* Títulos que se obtienen a través de las Federaciones náutico-deportivas de motonáutica y de vela