La Consejería de Cultura y Turismo del Principado de Asturias, desde que en el año 2007 se localizara un yacimiento arqueológico subacuático en la ensenada de Llan, entre la playa de Arnao y el cabo de la Punta da Cruz (en Castropol), ha dado pasos precisos para conseguir su protección legal, mediante la inclusión de este espacio en la Carta Arqueológica de Castropol.

De la misma forma, se han desarrollado diversas labores de investigación que han permitido detallar los materiales que integran el yacimiento subacuático, habiéndose incluso establecido la hipótesis de que los barcos a los que corresponderían los restos fueran dos fragatas españolas hundidas por navíos ingleses el 27 de septiembre de 1719.

La inclusión en la Carta Arqueológica de este yacimiento implica que le es de aplicación, a todos los efectos, la legislación de Patrimonio Cultural del Principado de Asturias, lo que hace inviable, a todas luces, que se puedan extraer los restos materiales existentes en la vertiente asturiana de la ría del Eo para llevarlos a Galicia.

Además, y en todo caso, el tratamiento que en Asturias se le dé a los materiales arqueológicos que integran el yacimiento subacuático de la ensenada de Llan se enmarcarán dentro de los criterios generales que a nivel nacional se han establecido al respecto en el contexto del recientemente aprobado Plan Nacional de Protección del Patrimonio Arqueológico Subacuático.

Este Plan establece claramente que la extracción de piezas es el recurso final al que se debe recurrir a la hora de abordar el tratamiento de uno de esos yacimientos, sólo cuando se compruebe necesaria para garantizar su preservación.