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Ver la versión completa : Instrucciones en caso de Hallazgo



Rande_1702
15th September 2009, 12:46
Muy Buenas, soy Yago Abilleira Crespo.
Actualmente soy el Delegado de Arqueología de la FEGAS (la Federación Gallega).

Estuve hablando con José Ángel (jaribas) y me contó el caso de un amigo de él que tuvo problemas legales por extraer un objeto hallado en el fondo marino, del cual dio parte a las Autoridades.
La cuestión es que acordamos publicar en el foro aquello que estipula la Ley y cómo hacer todo según la legislación vigente. Esperamos que, de esta forma, os ahorremos problemas.

Cada Comunidad Autónoma tiene su propia Legislación en cuanto a Patrimonio, pero más o menos todas vienen a decir lo mismo. Además están supeditadas a la Ley Estatal. Conozco la Ley en Galicia, quizás haya alguna Comunidad con algún punto muy específico, pero no puedo saberlo.

Se agradecen aportaciones relativas a cada Comunidad :smile:

INSTRUCCIONES EN CASO DE HALLAZGO ARQUEOLÓGICO

Debido a nuestra afición, existe la posibilidad de descubrir restos antiguos, que llevaban Siglos perdidos.

Para evitarte complicaciones legales, desde SENSACIONES te explicamos qué hay que hacer:



Ante la duda de si lo que acabas de ver es un resto arqueológico o no, te recomendamos que actúes como si lo fuera.
No tocar nada.
El simple hecho de mover una pieza provoca que se pierda mucha información (orientación del pecio, lugar donde iba transportada dicha pieza, forma de estibarla,…). Por ello, los Artículos 41 y 42 de la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español PROHIBEN remover resto alguno.
Los artículos 41.2 y 42.1 de la Ley 16/1985 no permiten las prospecciones subacuáticas. Sin embargo, el hacer unas fotos con objeto de dar parte del hallazgo, no se considera ilegal.
Dar parte del hallazgo de manera inmediata (Art. 44.1 Ley 16/1985). Al depender de la Administración Autonómica el tema del Patrimonio, se entiende que es al siguiente día hábil (laboral).
Según el Artículo 44.3 (Ley 16/1985), el descubridor de restos arqueológicos tiene derecho al 25% del valor monetario de dichos restos.

Por ello desde SENSACIONES te recomendamos que des parte del hallazgo por escrito. Así tienes constancia de que eres el hallador y podrás solicitar ese 25%.

Que un aficionado saque restos antiguos del fondo del mar es un delito por el cual le confiscarán la lancha, los equipos y puede que el coche (amén de una buena multa).

La pieza aporta muchos más datos en su posición original que no al lado de la “tele”. Además, dichos restos precisan de un tratamiento de restauración muy complejo (ácidos, electrólisis, productos químicos,…) el no dárselo provocará que la pieza se deshaga en cuestión de días (basta con ver cómo queda un rizón abandonado al poco de subirlo).

Lo peor de todo es que, “rescatar” algo, impedirá a tus compañeros poder disfrutar de la pieza, se habrá perdido parte de nuestra Historia y, privada del objeto, la zona de buceo será una más del montón.


MODELO DE UN ESCRITO PARA DAR PARTE DE UN HALLAZGO

Como soy gallego, el modelo va orientado hacia la Xunta de Galicia. Tenéis que adaptarlo a vuestra Autonomía (recomiendo usar el idioma de cada Comunidad). Normalmente las Consejerías y Direcciones Generales suelen tener los mismos nombres, pero puede cambiar.

XUNTA DE GALICIA
CONSEJERÍA DE CULTURA E DEPORTE
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL

El abajo firmante, (NOMBRE APELLIDO1 APELLIDO2), con D.N.I. (Nº de D.N.I.),vecino de (Dirección con Código Postal incluido), con teléfono (Nº de tel).

EXPONE:



Que el pasado día (poner día y mes) estaba buceando en (poner zona) cuando, casualmente, fue encontrado (poner lo encontrado).
(Descripción detallada de lo hallado). (Indicar también el lugar donde está, cuanto más preciso, mejor. De no tener GPS, informar de las enfilaciones u algo que permita volver al sitio).


POR LO QUE SE SOLICITA:



Que el abajo firmante sea reconocido como hallador del(de los) mencionado(s) resto(s).


En cumplimiento de la legislación actual, se procede a dar parte del hallazgo del mismo.

Quedo a disposición de la Xunta para calquier menester relaccionado con el hallazgo.


En (lugar donde se entrega el escrito) a (fecha)
Fdo.: (NOMBRE APELLIDO1 APELLIDO2)
(FIRMA)

El escrito puede ir a nombre de 1 o varias personas o de un Club (siendo el firmante un directivo). Si se pueden poner fotos, mejor.

Hay que imprimir el escrito 2 veces, vas a la XUNTA y lo llevas a la sección “Registro”, entregas una copia Y TÚ TE QUEDAS CON LA OTRA COPIA SELLADA.

Con eso podrás reclamar los “Derechos de hallador”.

En el caso de hallazgos en un Parque Nacional, hay que enviar otro escrito adicional al Parque (tienen una normativa propia).
Va también por el Registro de la Xunta, poniendo en la cabecera:
CONSEJERÍA DE MEDIOAMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DEL PARQUE NACIONAL

capi
15th September 2009, 13:05
Gracias por la información Rande.
Saludos.

mlunadem
7th January 2010, 11:40
Sin querer defender a quien comete un delito
Creo que no se puede requisar por ley la lancha coche etc, solo se puede requisar los pruebas del delito. Es como si por saltarte un stop te quitaran el coche ademas de multarte. Con la prueba valdria

Rande_1702
12th January 2010, 23:41
Buenas mlunadem. Cuando la Policía aborda un barco cargado de droga, el barco queda requisado (a pudrirse en un muelle normalmente). No se limitan a sacar la droga y dejar el barco en paz. También sé de primera mano un caso donde el marido mató a su mujer (en Galicia) y el Juez ordenó precintar la casa durante meses. Uno de los hijos (todos eran mayores) tuvo que hacer una petición con abogados y todo para poder apagar una luz que quedó encendida.
Aquí se aplica el mismo principio.

Por cierto, sáltate un Stop en Francia o Portugal y que te pillen con matrícula española. O pagas o te inmovilizan el coche.

Asundelmar
27th July 2010, 16:23
Para la Comunidad Valenciana, viene a ser lo mismo. Lo unico que hay que aclarar es que el "derecho al descubrimiento" se aplica a los yacimientos o hallazgos no conocidos ni/o inventariados.
Y además, el descubridor DEBE acompañar al lugar al representante de la Administración, bajo el agua. Se da el caso de gente que te dice "frente a..., a 6 metros de profundidad" y se quedan tan contentos. Hay que acompañar, porque ademas, puede ser que en el mismo lugar hayan 2 o mas pecios o restos.
El Telefono S.O.S. para los hallazgos en la Comunidad Valenciana es el 964 58 66 24 Centro de Arqueologia Subacuática (CASCV). Gracias.
Asunción Fernández

Vitomt
11th July 2015, 03:40
se trata de incentivar que la gente de parte de hallazgo y no expolie. Si no dieran nada por informar, ?te crees que iban a comunicar a la Administracion lo que encontrasen? Bueno, estamos los que si lo diriamos gratis y luego el 999 restante de la poblacion.