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Ver la versión completa : Denunciada la Seguridad Social por un accidente de buceo



jaribas
11th December 2008, 20:30
Un buceador que se quedó parapléjico recibirá 90.000 euros


Indemnización de 3.000 euros por chocar con el coche con una roca
La Conselleria de Infraestructuras y Transporte indemnizará con 3.000 euros a una pareja que sufrió un accidente de tráfico en una carretera comarcal de Aigües (Alicante) tras encontrarse con una roca de grandes dimensiones al salir de una curva e impactar contra ella, según una resolución del Consell Jurídic Consultiu, que considera que existe una relación de causalidad adecuada en los hechos.


El Tribunal Supremo (TS) ha fijado en 90.000 euros la indemnización que la Generalitat tiene que abonar a un submarinista que quedó parapléjico por la deficiente asistencia sanitaria que recibió tras sufrir un accidente, en 1993, cuando practicaba buceo con escafandra en un club de Cullera. Así lo ha acordado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo en una sentencia, en la que estima el recurso que el buceador interpuso contra la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que en 2004 denegó tal indemnización.


Los hechos tuvieron lugar sobre las 13 horas del 28 de agosto de 1993 cuando R.L., de 48 años, se encontraba con dos compañeros de trabajo y sufrió un accidente de descompresión. El accidentado fue trasladado entre las 13.45 y las 14.00 horas al centro de salud de Cullera, que lo remitió al Servicio de Urgencias del Hospital La Fe de Valencia, donde llegó a las 14.45 h.


Según explica la sentencia, a las 18,30 horas y debido a que no existía ninguna cámara hiperbárica en Valencia fue trasladado en ambulancia al hospital de la Cruz Roja de Barcelona, al que llegó diez horas después del accidente.


La resolución recuerda que en aquella época dicha ciudad marítima carecía de cámara hiperbárica, por lo que los accidentados tenían que ser trasladados a otras ciudades «con los riesgos consiguientes».
Después de 37 días el paciente fue dado de alta con una paraplejia quedando postrado en una silla de ruedas.


El buceador reclamó 621.133 euros por los daños sufridos, pero la Generalitat estimó que no debía indemnizar al accidentado porque «de las pruebas existentes no se obtiene que la demora en once horas entre la producción del accidente y la aplicación del tratamiento en la cámara hiperbárica sea causa de las lesiones», lo que confirmó el Tribunal Superior de Justicia.


El Gobierno valenciano también alegó que se trató de una jornada de buceo sin una mínima planificación y que el demandante se sumergió solo sin comprobar el equipo y al quedarse sin aire subió a la superficie sin hacer descompresión.


Sin embargo, ahora el Alto Tribunal concluye que «hubo una demora en la respuesta» sanitaria, ya que trasladaron al herido en ambulancia en lugar de en un helicóptero medicalizado, «medio de transporte que se encontraba disponible».


Parada cardiorrespiratoria
Por otro lado, la Conselleria de Sanidad deberá pagar 35.000 euros a la familia de un hombre que falleció en Onteniente en 2003 de una parada cardiorrespiratoria por no utilizar «todos los medios disponibles para determinar el origen de la dolencia del paciente», según un dictamen del Consell Jurídic Consultiu (CJC).