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Ver la versión completa : Inscripción de las Embarcaciones de Recreo



jaribas
31st August 2007, 08:39
DOCUMENTACION NECESARIA PARA EL ABANDERAMIENTO Y REGISTRO DE LAS EMBARCACIONES DE RECREO ESPAÑOLAS

NACIONALES EN SERIE SIN HOMOLOGAR U HOMOLOGADAS ANTES DE 1992

DOCUMENTACIÓN

Consulta a los servicios de Inspección Marítima sobre homologación del modelo.
Instancia del interesado con propuesta de terna de nombres.
Fotocopia del DNI, CIF o poder notarial de representación.
Factura de compra de casco y motor (con número, fecha, firma, IVA, ...)
Original certificado de Inspección de Buques (C.I.B.)
Si el motor está importado antes del 01.01.93, certificado de adeudo, si está importado después del 01.01.93 certificado de características del motor, si es importado de un país de la CEE, en caso contrario se le sigue pidiendo el certificado de adeudo.
Impreso modelo 565, justificante del impuesto especial sobre determinados medios de transporte, Ley 38/92.
Si la Eslora total (Etotal) es menor de 7, 50 Metros y el motor menor de 25 CV, justificante del pago Tarifa T0 por la autoridad portuaria en el momento de su matriculación.
Para acreditar la legal importación de embarcaciones y motores fueraborda y dentro - fueraborda, los interesados deberán presentar un Certificado emitido por la sociedad importadora española, en papel de la entidad, suscrito por persona con poder suficiente, con su nombre completo, DNI y sello correspondiente, donde se hagan constar los siguientes extremos según el supuesto aplicable:
En embarcaciones y motores fabricados en la Unión Europea se hará constar junto con las características distintivas de la embarcación o motor, que la mercancía es originaria y procedente de la Unión Europea.
Embarcaciones y motores fabricados en terceros países:i) Introducidos por Aduana Comunitaria no española:
Se hará constar junto con las características distintivas de la embarcación o motor, la Aduana comunitaria que lo expidió a libre práctica.
ii) Introducidos por Aduana Española:
Se hará constar junto con las características distintivas de la embarcación o motor, la Aduana española que lo expidió a libre práctica o bien, se aportará el correspondiente certificado de Adeudo o copia del DUA, documentos estos que sustituirán a la certificación de la Sociedad importadora.

NACIONALES O DE IMPORTACIÓN NUEVAS Y HOMOLOGADAS
EMBARCACIONES COMERCIALIZADAS CON POSTERIORIDAD A JUNIO DE 1988

1.- Solicitud de matriculación en la Capitanía Marítima elegida indicando la Lista 6ª o 7ª en que debe matricularse la embarcación, proponiendo 3 nombres por orden de preferencia para la misma e indicando el numero máximo de personas y la categoría de la navegación que se desea. Estos datos no podrán superar a los establecidos de acuerdo a la categoría de diseño de la embarcación que figurará en la documentación escrita de conformidad, el manual del propietario y en la placa.
2. Manual de propietario en español.
3. Fotocopia de la Hoja u Hojas del manual donde consten los siguientes datos:
Marca y modelo.
Número de serie.
Eslora, manga, puntal y desplazamiento
Potencia máxima recomendada.
Categoría de diseño.
Número máximo de personas.
Carga máxima interior.
4. Original de la declaración escrita de conformidad emitida por el constructor o su representante autorizado establecido en la Unión Europea.
5. Factura de compra liquidado el IVA.
6. Fotocopia del DNI o N.I.F del titular.
7. Despacho de aduanas para las procedentes de países terceros.Antes de su inscripción definitiva deberá estar liquidado el Impuesto Especial sobre determinados medios de Transporte (Mod. 565)

SOLO PARA EMBARCACIONES COMERCIALIZADAS CON ANTERIORIDAD A JUNIO DE 1998

1.- Instancia del interesado con propuesta de terna de nombres.
2.- Fotocopia del DNI
3.- Fotocopia compulsada del Certificado de Homologación de la serie.
4.- Original del Certificado de conformidad de la embarcación, emitido por el constructor / importador, indicando marca del motor, modelo, número de serie y potencia del mismo, que será igual o inferior a la máxima autorizada.
5.- Factura de compraventa de la embarcación (numerada, con fecha, IVA, firma, etc...)
6.- Certificado de construcción de la embarcación emitido por el astillero constructor o fabricante de la embarcación en la que indique la fecha de construcción de la embarcación y si es para exportación.
7.- Impreso 565 de Hacienda debidamente cumplimentado y sellado.
8.- Placa de características de la embarcación.
Si la eslora total es menor de 7 Metros y Potencia motor menor de 25 C.V., justificante del Pago de la Tarifa T0 expedido por la Autoridad Portuaria- cantidad aproximada de 30 €- en el momento de su matriculación.
Para acreditar la legal importación de embarcaciones y motores fueraborda e intra borda, los interesados deberán presentar un Certificado emitido por la sociedad importadora española, en papel de la entidad, suscrito por persona con poder suficiente, con su nombre completo, DNI y sello correspondiente, donde se hagan constar los siguientes extremos según el supuesto aplicable:

Embarcaciones y motores fabricados en la Unión Europea:
Se hará constar junto con las características distintivas de la embarcación o motor, que la mercancía es originaria y procedente de la Unión Europea.
Embarcaciones y motores fabricados en terceros países:
Introducidos por Aduana Comunitaria no española.
Se hará constar junto con las características distintivas de la embarcación o motor, la Aduana comunitaria que lo expidió a libre práctica.
Introducidos por Aduana Española:
Se hará constar junto con las características distintivas de la embarcación o motor, la Aduana española que lo expidió a libre práctica o bien, se aportará el correspondiente certificado de Adeudo o copia del DUA, documentos estos que sustituirán a la certificación de la Sociedad
IMPORTADAS USADAS
DOCUMENTACIÓN

Instancia del interesado solicitando Lista y puerto de matrícula (con propuesta de terna de nombres). Se debe acompañar de fotocopia del DNI, y en caso de personas jurídicas copia de escritura de constitución de la sociedad. En caso de personas extranjeras, Certificado de residencia en España o países de la U. E. aportando además, en este caso, documento que acredite la representación en España.
Certificado de baja en la bandera del país de origen.
Contrato de compra-venta o factura debidamente cumplimentada.
Si no tuviera la baja en la bandera de su país, porque no estuviera inscrita (por no ser obligatorio), se solicitará Certificado negativo o, en cualquier caso, se solicita algún documento donde consten las características del casco y el motor.
Liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales.
Todos los documentos deberán estar traducidos al castellano.
Todos los documentos otorgados en el extranjero estarán visados por el Cónsul español en el país de origen (en la práctica sólo se exigen si existen dudas de su validez).
Certificado de Adeudo de casco y motor o DUA si la importación es antes del 01.01.93, también si procede de un país no perteneciente a la UE. Si es posterior a esa fecha y la importación es de un país de la UE, se le pide certificado de características del caso y motor.
Justificante del impuesto especial sobre determinados medios de transporte (Imp. 565)
Si Etotal menor de 7,50 Metros y Potencia menor de 25 C.V. justificante del Pago de la Tarifa T0, expedido por la Autoridad Portuaria -cantidad aproximada de 30 €- en el momento de su matriculación.
Para acreditar la legal importación de embarcaciones y motores fueraborda e intra borda, los interesados deberán presentar un Certificado emitido por la sociedad importadora española, en papel de la entidad, suscrito por persona con poder suficiente, con su nombre completo, DNI y sello correspondiente, donde se hagan constar los siguientes extremos según el supuesto aplicable:
Embarcaciones y motores fabricados en la Unión Europea:
Se hará constar junto con las características distintivas de la embarcación o motor, que la mercancía es originaria y procedente de la Unión Europea.
Embarcaciones y motores fabricados en terceros países:
Introducidos por Aduana Comunitaria no española:
Se hará constar junto con las características distintivas de la embarcación o motor, la Aduana comunitaria que lo expidió a libre práctica.
Introducidos por Aduana Española:
Se hará constar junto con las características distintivas de la embarcación o motor, la Aduana española que lo expidió a libre práctica o bien, se aportará el correspondiente certificado de Adeudo o copia del DUA, documentos estos que sustituirán a la certificación de la Sociedad importadora.MATRICULACIÓN POR SUBASTA DE EMBARCACIONES DE RECREO

NOTA: Si estuviera matriculado en España anteriormente, se tramitaría como un cambio de dominio.

DOCUMENTACIÓN
1.- Instancia del interesado solicitando Lista y puerto de matrícula. Se debe acompañar de fotocopia del DNI, y en caso de personas jurídicas copia de escritura de constitución de la sociedad. En caso de personas extranjeras, Certificado de residencia en España o países de la U. E. aportando además, en este caso, documento que acredite la representación en España.
2.- Terna de nombres.
3.- Acta de adjudicación (a través de Juzgado Aduanas, etc...) y Certificado de Baja. Si se desconoce la matrícula anterior, se adjuntará la certificación del órgano que adjudica acreditando la no existencia de documentación en el bien subastado referente a la acreditación de su anterior registro.
4.- Liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales.
5.- Justificante de pago del impuesto especial sobre determinados medios de transporte.
6.- Justificante de pago de la Tarifa T0 expedido por la Autoridad portuaria si la Etotal es menor de 7 Mts y la potencia del motor inferior a 25 Cv.